Artículo 11El Organismo Ejecutivo, además de la información pública de oficio contenida en la presente ley, debe hacer pública como mínimo la siguiente: /ARTICULO 11/11.2 listado de asesores, con sus respectivas remuneraciones1. 20242. 20233. 20224. 20215. 20206. 20197. 20188. 20179. 201510. 2016