Registro Aeronáutico

Registro Aeronáutico Nacional

Es una unidad del área técnico-operativa encargada de llevar el registro aeronáutico nacional otorgando las matriculas de las aeronaves civiles y registrando su propiedad y venta o transferencia de las mismas. Velando  porque las operaciones y desarrollo del Registro sean desarrolladas de conformidad con la ley, reglamentos y regulaciones.

OBJETIVOS DEL REGISTRO AERONÁUTICO NACIONAL –RAN-

  1. Llevar el Control de la inscripción de las aeronaves civiles y sus motores y todo lo relacionado con las mismas, así como todo lo demás que por mandato de la Ley de Aviación Civil y su Reglamento, debe inscribirse en el Registro.
  2. Expedir los Certificados de Nacionalidad y Matrícula de las aeronaves que llenen los requisitos que exige el ordenamiento jurídico nacional e internacional.
  3. Elaborar las normas y procedimientos del Registro  y velar por su cumplimento.
  4. En general velar por el cumplimiento de la Ley de Aviación Civil, su Reglamento y demás Regulaciones en lo que se refieren al Registro Aeronáutico Nacional y sus operaciones.

En el Registro se inscribirán:

  1. Aeronaves Civiles y sus motores
  2. Personal Técnico Aeronáutico.
  3. Escuelas de Instrucción Aeronáutico.
  4. Infraestructura Aeronáutica.
  5. Operadores de Transporte Aéreo Comercial autorizados.
  6. Operadores de Servicios de apoyo a la navegación aérea.
  7. Talleres Aeronáuticos.
  8. Inutilización, inoperatividad, perdida, desaparición, abandono destrucción e inmovilización de las aeronaves y los motores, así como las modificaciones sustanciales que se hagan en ellos.
  9. Enajenaciones y arrendamientos de aeronaves, así como los gravámenes,
  10. Anotaciones y todas aquellas operaciones susceptibles de inscripción registral de acuerdo a nuestra legislación.
  11. Aeronaves no Tripuladas.
  12. Aeronaves con categoría de Ultraligeros/ Súper ligeros / Ultra Light.

 

“Toda la información contenida en el Registro Aeronáutico Nacional será publica”.