Registro Aeronáutico Nacional
Es una unidad del área técnico-operativa encargada de llevar el registro aeronáutico nacional otorgando las matriculas de las aeronaves civiles y registrando su propiedad y venta o transferencia de las mismas. Velando porque las operaciones y desarrollo del Registro sean desarrolladas de conformidad con la ley, reglamentos y regulaciones.
OBJETIVOS DEL REGISTRO AERONÁUTICO NACIONAL –RAN-
- Llevar el Control de la inscripción de las aeronaves civiles y sus motores y todo lo relacionado con las mismas, así como todo lo demás que por mandato de la Ley de Aviación Civil y su Reglamento, debe inscribirse en el Registro.
- Expedir los Certificados de Nacionalidad y Matrícula de las aeronaves que llenen los requisitos que exige el ordenamiento jurídico nacional e internacional.
- Elaborar las normas y procedimientos del Registro y velar por su cumplimento.
- En general velar por el cumplimiento de la Ley de Aviación Civil, su Reglamento y demás Regulaciones en lo que se refieren al Registro Aeronáutico Nacional y sus operaciones.
En el Registro se inscribirán:
- Aeronaves Civiles y sus motores
- Personal Técnico Aeronáutico.
- Escuelas de Instrucción Aeronáutico.
- Infraestructura Aeronáutica.
- Operadores de Transporte Aéreo Comercial autorizados.
- Operadores de Servicios de apoyo a la navegación aérea.
- Talleres Aeronáuticos.
- Inutilización, inoperatividad, perdida, desaparición, abandono destrucción e inmovilización de las aeronaves y los motores, así como las modificaciones sustanciales que se hagan en ellos.
- Enajenaciones y arrendamientos de aeronaves, así como los gravámenes,
- Anotaciones y todas aquellas operaciones susceptibles de inscripción registral de acuerdo a nuestra legislación.
- Aeronaves no Tripuladas.
- Aeronaves con categoría de Ultraligeros/ Súper ligeros / Ultra Light.