PREGUNTAS FRECUENTES DVSO

REGISTRO DE DRONES EN LA DGAC

El Dictamen técnico es un documento requerido para saber si su dron está sujeto a registro y poder iniciar el proceso de registro.

Puede obtenerse siguiendo estos pasos:

Paso 1: Ingrese al sitio web oficial: www.dgac.gob.gt

Paso 2: Desplácese hacia abajo hasta encontrar el botón que dice “Drones” y haga clic.

Paso 3: Descargue y complete el formulario FORMA DVSO-801: Solicitud de Dictamen Técnico RPA / Dron.

Paso 4: Envíe el formulario completo de cualquiera de las siguientes formas:

  • Presencial: Entregándolo en la sede central de la DGAC en el Departamento de Vigilancia de la Seguridad Operacional ubicada em 9ª. Avenida 14-75, zona 13, Ciudad de Guatemala.
  • Correo electrónico: Enviarlo escaneado a la dirección: dvso@dgac.gob.gt

Deben registrarse todos los drones que pesen 250 gramos o más.

  1. 105 de la reserva del distintivo
  2. 1,000.00 Inscripción
  3. 1,000.00 Emisión del Primer Certificado de Matrícula

El costo total es de Q. 2,105.00

No, no hay exoneración alguna.

Si, es un requisito del Registro Aeronáutico Nacional para registrar los drones.

Puede entregarla físicamente en la sede de la DGAC o enviarla al correo: dvso@dgac.gob.gt

AUTORIZACION DE VUELO PARA TURISTAS

No. Si el uso es exclusivamente recreativo y temporal durante su visita como turista, no es necesario registrarlo. Sin embargo, sí debe contar con una autorización por parte de la DGAC.

Paso 1: Ingresar al sitio web oficial: www.dgac.gob.gt

Paso 2: Desplácese hacia abajo hasta encontrar el botón que dice “Drones”

Paso 3: Descargue y complete el formulario FORMA DVSO-805 “Autorización de vuelo con drones para turistas”

Paso 4: Envíe el formulario completo al correo electrónico: dvso@dgac.gob.gt

Paso 5: Espere la respuesta de la DGAC, la cual será enviada por la misma vía en un plazo de hasta 2 días hábiles.

Garantizar la seguridad del espacio aéreo guatemalteco, verificar que el uso sea recreativo y dentro de los parámetros permitidos y que puedan retirar sin ningún inconveniente su dron de aduanas.

No, actualmente no tiene ningún costo.

No. Aunque cuente con autorización, debe respetarse las zonas restringidas, siendo las siguientes: Instituciones de gobierno, embajadas, bases militares, hospitales, 6 kilómetros a la redonda de cualquier aeropuerto o aeródromo, centros penitenciarios, aduanas y áreas pobladas y áreas en las que se realicen espectáculos públicos o privados con más de 100 personas.

La validez es establecida en la autorización, conforme a la duración de la estadía del turista.

PERMISO ESPECIAL OPERACIONES CON DRONES

Paso 1: Ingrese al sitio web oficial: www.dgac.gob.gt

Paso 2: Desplácese hacia abajo hasta encontrar el botón que dice “Drones”

Paso 3: Descargue y complete el formulario Forma DVSO 804: “Permiso Especial Operaciones con Drones”

Paso 4: Envíe el formulario completo de cualquiera de las siguientes formas:

  • Presencial: Entregándolo en la sede central de la DGAC en el Departamento de Vigilancia de la Seguridad Operacional ubicada em 9ª. Avenida 14-75, zona 13, Ciudad de Guatemala.
  • Correo electrónico: Enviarlo escaneado a la dirección: dvso@dgac.gob.gt

Nota: La solicitud debe presentarse con al menos 10 días hábiles de anticipación a la fecha propuesta para la operación.

La DGAC emitirá la respuesta en el transcurso de los 10 días hábiles de anticipación a la fecha propuesta.

No, toda operación que exceda los parámetros establecidos de las regulaciones vigentes debe contar con autorización previa de la DGAC.

Todas aquellas que supere los límites de altura, distancia, zonas restringidas o cualquier otro parámetro definido en las regulaciones vigentes.

Instituciones de gobierno, embajadas, bases militares, hospitales, 6 kilómetros a la redonda de cualquier aeropuerto o aeródromo, centros penitenciarios, aduanas y áreas pobladas y áreas en las que se realicen espectáculos públicos o privados con más de 100 personas.

Actualmente, el trámite del permiso especial no tiene costo.

El permiso especial es válido únicamente para la operación, condiciones y fechas indicadas en la solicitud aprobada.

Nota: En caso el usuario presente dudas más específicas relacionadas con las regulaciones aeronáuticas, parámetros operativos, restricciones de zonas de vuelo, normativas internacionales aplicables o procedimientos técnicos complejos, será necesario que la llamada sea transferida a un especialista del Departamento de Vigilancia de la Seguridad Operacional a la extensión 5216. Esto para garantizar que la información proporcionada sea precisa, actualizada y conforme a la legislación vigente.