GEN 3  Servicios

GEN 3.4  Servicios de comunicaciones

 
1.Servicios Responsables
 
La entidad responsable de proporcionar servicio de telecomunicaciones e instalaciones de navegación en la República de Guatemala es la Dirección General de Aeronáutica Civil, a través del:
 
Departamento de Telecomunicaciones Aeronáuticas
 
Dirección General de Aeronáutica Civil,
Aeropuerto Internacional La Aurora
9 Avenida 14-75 zona 13
Ciudad de Guatemala, Centroamérica.
Teléfonos : (502) 2321-5301/5303
Telefax :(502) 2321-5302
 
El servicio se proporciona de conformidad con las disposiciones contenidas en los siguientes documentos de la OACI y documentos nacionales:
 
Anexo 10 - Telecomunicaciones Aeronáuticas
RAC 10 - Telecomunicaciones aeronáuticas
Reglamentos y Métodos Nacionales .
Doc 8400 - Procedimientos para los servicios de Navegación Aérea- Abreviaturas y Códigos de la OACI (PANS-ABC)
Doc 8585 - Designadores de Empresas Explotadoras de aeronaves de Entidades oficiales y de Servicios Aeronáuticos.


Doc 7030 - Procedimientos Suplementarios Regionales.
Doc 7910 - Indicadores de lugar
 
2.Área de responsabilidad
 
La responsabilidad del funcionamiento cotidiano de dichos servicios recae en los técnicos de telecomunicaciones.
 
Las consultas, sugerencias o quejas relativas al servicio de telecomunicaciones, deberán dirigirse a la dirección General de Aeronáutica Civil.
 
En el caso que fueran servicios de comunicaciones a cargo de COCESNA, deberán dirigirse a la Gerencia, Estación regional de COCESNA-Guatemala.
 
3.Tipos de Servicio
 
3.1Servicios de radionavegación
 
Se cuenta con los siguientes tipos de radio ayudas para la Navegación:
RadioayudaVORDMEILSSSRPSR
GuatemalaXXXXX
 
3.2Servicio Móvil/fijo
 
Servicio Móvil
 
Las estaciones Aeronáuticas mantienen vigilancia continua en sus frecuencias indicadas durante las horas de servicio publicadas, salvo que se notifique lo contrario.
 
Normalmente una aeronave debe comunicarse con la oficina de información de vuelo (FIO). La que le proporcionará información del área sobre la cual se está operando y no debe abandonar frecuencias excepto en casos de emergencias.
 
Servicio Fijo
 
Los mensajes que se han de trasmitir por el servicio fijo aeronáutico (AFS) sólo se aceptan si:
 
  1. Se ajustan a los requisitos del Anexo 10 de la OACI, Volumen II, Capitulo 3,3.3;
  2. Están preparados en la forma especificada en el Anexo 10 de la OACI.
  3. El texto de un mensaje individual no exceda de 200 grupos.
 
Los mensajes generales del organismo explotador de aeronaves sólo se aceptan para trasmitirlos a los países que hayan convenido en aceptar el tráfico de clase “B”.
 
3.3Servicio de Radiodifusión
 
No hay datos disponibles
 
3.4Idioma Utilizado
 
Pais/idiomasEspañolIngles
GuatemalaXX
 
3.5Donde puede obtenerse información detallada
 
Se encontrarán detalles sobre las diversas instalaciones disponibles en :
 
  • GEN 2-5
  • ENR 4-1
  • ENR 6-19
  • MGGT AD 2.17
 
4.Requisitos y condiciones
 
Los requisitos y condiciones de los servicios de telecomunicaciones están disponibles en el Anexo 10 ( Telecomunicaciones Aeronáuticas) y RAC 10.
SERVICIOS FIJOS AERONÁUTICOS (AFS) NACIONALES

CIRCUITOS FIJOS AERONÁUTICOS: ORALES DIRECTOS INTERNACIONALES