| 1. | Procedimientos de interceptación | ||||||||||||||
| 1.1 | Se aplican los siguientes procedimientos y señales visuales sobre el territorio y las aguas jurisdiccionales del estado de Guatemala en caso de interceptación ¹ de una aeronave. Una aeronave interceptada por otra aeronave procederá inmediatamente así: | ||||||||||||||
| 1.1.1 | seguirá las instrucciones que indique la aeronave interceptora, interpretando y respondiendo a las señales visuales que figuran en ENR 1.12-3, 1.12-4 de conformidad con las especificaciones del apéndice 1 del Anexo 2 de la OACI; | ||||||||||||||
| 1.1.2 | notificara si es posible a la dependencia apropiada de servicios de tránsito aéreo; | ||||||||||||||
| 1.1.3 | intentará establecer radiocomunicación con la aeronave interceptora o con la dependencia apropiada de control de intercepción, haciendo una llamada general sobre la frecuencia de emergencia de 121. 5 MHz, dando la identidad de la aeronave interceptada y la naturaleza del vuelo si no se ha establecido contacto y es posible, repetirá esta llamada en la frecuencia de emergencia de 243MHz; | ||||||||||||||
| 1.1.4 | si está equipada con un respondedor SSR, seleccionará el Modo A, código 7700, a menos que la dependencia apropiada de servicio de tránsito aéreo le dé instrucciones en contrario | ||||||||||||||
| 1.2 | Si se establece contacto de radio durante la interceptación, pero no es posible la comunicación en lenguaje claro, se harán tentativas por seguir las instrucciones, acusar recibo de las mismas y transmitir la información indispensable, utilizando las frases y pronunciaciones (ver tabla ENR 1.12-2) y repitiendo dos veces cada frase. | ||||||||||||||
| 1.3 | Principios que el Estado de Guatemala ha observado | ||||||||||||||
| Para lograr la uniformidad de los reglamentos que son necesarios para la seguridad en la navegación de las aeronaves civiles, el Estado de Guatemala al preparar sus reglamentos y directrices tuvo en cuenta los siguientes principios | |||||||||||||||
| 1.3.1 | Solamente en última instancia se recurrirá a la interceptación de aeronaves Civiles. | ||||||||||||||
| 1.3.2 | Si se recurriera a la interceptación, esta se limitará a determinar la identidad de la aeronave a menos que sea necesario hacerla regresar a su derrota planeada, dirigirla más allá de los límites del espacio aéreo nacional, guiarla fuera de una zona prohibida, restringida o peligrosa o darle instrucciones para que aterrice en un aeródromo designado. | ||||||||||||||
| 1.3.3 | Las aeronaves civiles no serán objeto de prácticas de interceptación; | ||||||||||||||
| 1.3.4 | Si se puede establecer contacto por radio, se proporcionara por radiotelefonía a la aeronave interceptada la guía para la navegación y toda la información correspondiente; y | ||||||||||||||
| 1.3.5 | En el caso que se exija a una aeronave interceptada que aterrice en el territorio sobrevolado, el aeródromo designado de ese efecto, será adecuado para el seguro aterrizaje del tipo de aeronave en cuestión. | ||||||||||||||
| Nota: En la adopción unánime el 10 de mayo de 1984 del Artículo 3 del Convenio sobre la Aviación Civil Internacional, por parte del 25º. Período de sesiones (extraordinarias) de la Asamblea de la OACI, los Estados contratantes han reconocido que todo Estado debe abstenerse de recurrir al uso de las armas en contra de las aeronaves civiles en vuelo. | |||||||||||||||
| Los Estados contratantes publicarán un método normalizado establecido para las maniobras de las aeronaves que interceptan aeronaves civiles. Dicho método se elaborará de forma que evite toda situación de riesgo para la aeronave interceptada. | |||||||||||||||
| Los Estados contratantes asegurarán que se han adoptado medidas para utilizar el radar secundario a las aeronaves civiles en aquellas zonas en las cuales podrían ser objeto de interceptación. | |||||||||||||||
| Nota: La palabra "interceptación" en este contexto no incluye el servicio de interceptación y escolta proporcionando, a Petición, a una aeronave en peligro, según el manual de búsqueda y salvamento (Doc.7333). | |||||||||||||||
| Frase | Pronunciación | Significado | |||||||||||||
| CALL SING | |||||||||||||||
| (distintivo de llamada)² | KOL SÁIN | Mi distintivo de llamada es (distintivo de llamada) | |||||||||||||
| WILCO | UILL – KO | Entendido cumplo instrucciones | |||||||||||||
| CAN NOT | CAN NOT | Imposible | |||||||||||||
| REPEAT | RI - PIT | Repita las instrucciones | |||||||||||||
| AM LOST | AM LÓST | Posición desconocida | |||||||||||||
| MAYDAY | MEIDÉI | Estoy en peligro | |||||||||||||
| HIJACK³ | JAI - CHÁC | He sido objeto de apoderamiento ilícito | |||||||||||||
| LAND (nombre del lugar) | LAND (nombre del lugar) | Solicito aterrizaje en (nombre del lugar) | |||||||||||||
| DESCEND | DIS - SEND | Solicito permiso para descender | |||||||||||||
| 1. Las sílabas que se han de acentuar se imprimen en negrita. | |||||||||||||||
| 2. El distintivo de llamada que se requiere indicar es el utilizado en las comunicaciones radiotelefónicas con las dependencias de servicios de tránsito aéreo y que corresponde a la identificación de la aeronave en el plan de vuelo. | |||||||||||||||
| 3. No siempre las circunstancias permiten, ni resulta conveniente, el uso de la frase " HIJACK | |||||||||||||||
| 1.4 | La aeronave interceptora usará las frases que se presentan a continuación, transmitiéndolas dos veces en las circunstancias descritas en el párrafo anterior: | ||||||||||||||
| 1.4.1 | Si se recibe instrucciones por radio de cualquier fuente que entren en conflicto con las indicadas por la aeronave interceptora mediante señales visuales, la aeronave interceptada solicitará inmediata aclaración mientras siga obedeciendo las instrucciones visuales que le dé la aeronave interceptora. | ||||||||||||||
| 1.4.2 | Si se reciben instrucciones por radio de cualquier fuente que entre en conflicto con las que da la aeronave interceptora por radio, la aeronave interceptada solicitará inmediata aclaración mientras siga obedeciendo las instrucciones por radio que le dé la aeronave interceptora. | ||||||||||||||
| 1.4.3 |
Las señales visuales que se utilizarán en caso de interceptación son las
detalladas en la página ENR 1.12-3 y
1.12-4. | ||||||||||||||
| Frase | Pronunciación | Significado | |||||||||||||
| CALL SING | KOL - SÁIN | ¿Cuál es su distintivo de llamada? | |||||||||||||
| FOLLOW | FOL - OU | Sígame | |||||||||||||
| DESCEND | DIS - SEND | Descienda para aterrizar | |||||||||||||
| YOU LAND | YU- LAND | Aterrice en este aeródromo | |||||||||||||
| PROCEED | PRO – SIID | Puede continuar | |||||||||||||
| 1. Las sílabas que se han de acentuar se imprimen en negrita. | |||||||||||||||
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SEÑALES PARA UTILIZAR EN CASO DE INTERCEPTACIÓN | |||||||||||||||
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Señales que inicia la aeronave interceptora y respuestas de la
aeronave interceptada
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| Serie | Señales de la aeronave INTERCEPTORA | Significado | Respuesta de la aeronave INTERCEPTADA | Significado | |||||||||||
| 1 |
De DÍA o de NOCHE - Balanceo de la
aeronave emitiendo destellos con las luces de navegación a intervalos regulares (y con las
luces de aterrizaje en el caso de un helicóptero) desde una posición ligeramente por encima y
por delante y normalmente a la izquierda de la aeronave interceptada
( o a la derecha si la aeronave interceptada es un helicóptero) sobre el rumbo deseado. Nota 1. - Las condiciones meteorológicas sobre el terreno pueden exigir que la aeronave interceptora invierta las posiciones y la dirección del viraje indicado en la serie 1. Nota 2. - Si la aeronave interceptada no puede mantener la velocidad de la aeronave interceptora, se espera que esta última vuele una serie de circuitos de espera y balancee la aeronave cada vez que pasa por delante de la aeronave interceptada. | Usted ha sido interceptado. Sígame. |
De DIA o de NOCHE - Balanceo de la aeronave, emitiendo destellos con las luces de
navegación a intervalos regulares y siguiendo.
Nota.- Otras medidas que se requiere que adopte una aeronave interceptada se describen en el Anexo 2 de la OACI, Capítulo3,3.8. | Entendido, obedezco. | |||||||||||
| 2 | De DÍA o de NOCHE - Una maniobra abrupta de separación de la aeronave interceptada, que consiste en un viraje en ascenso de 90 grados o más sin cruzar la línea de vuelo de la aeronave interceptada. |
Puede continuar. | De DÍA o de NOCHE - Balanceo de la aeronave. |
Entendido, obedezco. | |||||||||||
| 3 | De DÍA o de NOCHE - Bajar el tren de aterrizaje (si estaba alzado), mostrando las luces de aterrizaje constantes y sobrevolando la pista en uso o, si la aeronave interceptada es un helicóptero, sobrevolando la zona de aterrizaje de helicópteros. En el caso de los helicópteros el helicóptero interceptor hace una aproximación para aterrizaje, llegando a quedar en vuelo estacionario cerca del área de aterrizaje. | Aterrice en este aeródromo | De DÍA o de NOCHE - Descender el tren de aterrizaje (si estaba alzado), mostrando las luces de aterrizaje constantes y siguiendo a la aeronave interceptora y si después de sobrevolar la pista en uso o el área de aterrizaje de helicópteros se considera que el aterrizaje es seguro, proceder a aterrizar. | Entendido, obedezco. | |||||||||||
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Señales iniciadas por la aeronave interceptada y
respuestas de la aeronave interceptora
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| Serie | Señales de la aeronave INTERCEPTORA | Significado | Respuesta de la aeronave INTERCEPTADA | Significado | |||||||||||
| 4 | De DÍA o de NOCHE - Levantar el tren de aterrizaje (si no estaba alzado) y emitir destellos con las luces de aterrizaje al pasar sobre la pista en uso o el área de aterrizaje de helicópteros a una altura de más de 300 m (1000 ft) pero que no exceda de 600 m (2000 ft) (en el caso de un helicóptero, a una altura que exceda de 50 m (170 ft) pero no exceda de 100 m (330 ft) por encima del nivel del aeródromo, y seguir volando en círculos alrededor de la pista en uso o del área de aterrizaje de helicópteros.) Si no se puede hacer destellar las luces de aterrizaje, hacer destellar cualquiera otra luz disponible. | El aeródromo que usted a designado es inapropiado |
De DÍA o de NOCHE - Si se desea que la aeronave interceptada siga a
la aeronave interceptora a un aeródromo de alternativa, la aeronave interceptora levanta su
tren de aterrizaje (si no estaba alzado) y usa las señales de la serie 1 prescritas para la
aeronave interceptora.
| Entendido, Sígame. | |||||||||||
| Si se decide dejar en libertad a la aeronave interceptada, la aeronave interceptora usa las señales de la Serie 2 prescritas para la aeronave interceptora. | Entendido, puede continuar. | ||||||||||||||
| 5 | De DÍA o de NOCHE - Encendido y apagado regular de todas las luces disponibles pero de tal manera que se distingan de las luces de destellos. | No puedo obedecer | De DÍA o de NOCHE - Utilizar las señales de la Serie 2 prescritas para la aeronave interceptora. | Entendido | |||||||||||
| 6 | De DÍA o de NOCHE - Destellos irregulares de todas las luces disponibles. | En peligro | De DÍA o de NOCHE - Usar las señales de Serie 2 prescritas para la aeronave interceptora. | Entendido | |||||||||||